El debate de la transparencia en el Mundo ha traído consigo diversas definiciones conceptuales que intenta explicar, delimitar y operar el concepto.
El ideal del Estado liberal y democrático, es decir el Estado de derecho basado en los principios de la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, se hace presente con la transparencia y la deliberación de lo público.
Sin embargo, hoy día México afronta un problema de gobernabilidad, agravado por la estrecha y limitada definición de transparencia que caracteriza al régimen político. La crisis política que vivimos nos indica que "Hoy día la transparencia debe incluir el registro y las HUELLAS históricas de las votaciones parlamentarias y presidenciales".
Es pues el principio de gobernabilidad que debe caracterizar a las nuevas democracias en México, si es que esta sigue siendo la aspiración del Estado Mexicano. Es otras palabras, se debe constituir el principio de una memoria de Estado que trascienda al principio operativo de los hombres y las instituciones; el cual nos dirá si debemos juzgar a los hombres o al sistema.
¿Qué opinan?
Saludos,
VJ

En México se han tenido grandes avances en el tema de la transparencia, en la actualidad se cuenta con un Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, una Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, más de 250 dependencias y entidades del gobierno federal tienen la obligación de atender las solicitudes de información y existen legislaciones similares, en mayor o menor grado, en 29 de 32 estados de la república.
Gracias al uso de la tecnología los tiempos de respuesta se han reducido a solo 20 días como plazo máximo a una solicitud y los costos oscilan de 50 centavos hasta 20 pesos, dependiendo si la información se requiere en fotocopias, en un cd e inclusive hay la opción de recibirla vía correo electrónico.
Hasta aquí podríamos decir que todo va bien, sería negar la realidad decir que el gobierno no está haciendo un esfuerzo por transparentar su actuar y rendirle cuentas a los ciudadanos, pero: ¿Entonces qué está mal?
Creo que seguimos moviéndonos en el ámbito equivocado, el de la personalización de la política y dejamos de lado el tejido o entramado institucional, que va más allá del simple acceso a la información no reservada o confidencial, por ejemplo, en las votaciones.
En mi opinión, creo que estamos dejando de lado la dimensión de la política como tal, concebida como la forma de organización de las sociedades humanas.
Si hiciéramos una retrospectiva de lo que ha sido llamado “el Estado Mexicano”, veríamos que nuestras instituciones y sus leyes no siempre han correspondido al tipo de sociedad que hemos tenido.
Así, en el siglo XIX, (siglo de los grandes intelectuales, de ambos bandos), teníamos un estado muy avanzado en leyes, liberal en lo político y económico, demasiado avanzado para esos tiempos, pero con una sociedad en donde apenas unos cuantos sabían leer o escribir, tenían poca o nula participación en la economía y los derechos políticos estaban vedados a una minoría, además en constantes conflictos bélicos.
Durante el siglo XX, se dan una serie de conflictos y transformaciones en la economía, la política y lo cultural que a través de una revolución, dieron como resultado un Estado que logra institucionalizar la violencia a través de un partido de alcance nacional, instituye una política orientada a las masas y posteriormente logra el “desarrollo” y estabilidad tan anhelados, pero:
¿Cuál fue el costo?
Que este partido absorbió a la sociedad, le negó su pertenencia y participación a la política (negó al ciudadano), le enseñó que lo público es el gobierno, que la toma de decisiones es vertical y que cuando la sociedad se organizaba para apropiarse de su espacio vital, había violencia. (les suena?).
¿Que pasa actualmente?
Ahora lo que tenemos es una sociedad más culta, organizada, participativa, informada, consiente, “democrática” aunque sea de manera nominal, (al menos un gran sector, sino no pasaría lo que ahora) etc, que trata de recuperar su espacio elemental de sociedad organizada, de lo público, pero seguimos con el mismo entramado institucional que deja o pretende dejar afuera al ciudadano.
Nuestras instituciones no corresponden al tipo de sociedad que ahora tenemos, el arreglo original que dio vida al actual Estado Neoliberal (aunque no le guste al Juan) ha sido rebasado, necesitamos refundar nuestras instituciones, pero sobre todo, abrir espacios reales de poder, de articulación, de pesos y contrapesos donde la base de los acuerdos sea la negociación y la legalidad y no solo seamos espectadores de lo que se hace o deja de hacer para guardarlo en nuestra memoria histórica donde nunca volteamos.
Yo solo quería llamar la atención al momento que estamos viviendo, a las causas primeras y no solo a las consecuencias de tener instituciones débiles, leyes caducas y autoridades patrimonialistas que piensan que la política y lo público está reservado para un pequeño grupo.
Sin el ánimo de contradecir que la transparencia es fundamental en el Estado de Derecho, creo que nuestra reflexión y análisis será más enriquecedor si no nos quedamos solo en lo inmediato, en lo coyuntural y aprendemos que la espiral de la historia es impasible y siempre regresa, y por que no, tratar de ver inclusive más allá..
P.D. Alguien a escuchado de un tal Juandelberg Karakowski???
Y dice a la una...
Y dice a las dos...
Nadie más va opinar?
Tercera llamada, tercera!
Con la única intención de enriquecer nuestros textos e ideas, a continuación precisaré algunos datos sobre los temas de la transparencia y el acceso a la información, que advierto, no son lo mismo:
1. Son 239 las dependencias o entidades del Poder Ejecutivo Federal las que poseen Unidades de Enlace para la Transparencia. Por tanto, son 239 las dependencias que hacen valer la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Ni una más, ni una menos.
2. De acuerdo con el Instituto Federal de Acceso a la Información [consultado: 4 de octubre, 2006], sólo 28 estados de la República han publicado Leyes de Acceso a la Información. De los cuales, 20 de ellos aún no han publicado el reglamento de su respectiva Ley. Es decir, aún existen 20 estados con grandes vacíos sobre cómo, qué, cuándo y quiénes deben transparentar la gestión pública. Aclaro que le emisión de un reglamento tampoco garantiza el “espíritu” de la Ley. No obstante, ayuda en algo.
3. ¿Qué sucede en los municipios? En este orden de gobierno los temas están lejos de ser una prioridad. Solamente 32 municipios, de los 2 mil 437 que hay en México, han logrado expedir sus respectivos reglamentos independientes de los gobiernos estatales o el federal. Tal vez su realidad política inmediata no permita que los temas sean una preferencia para su gestión.
Así las cosas, negar los hechos en la materia sería un tanto insolente pero decir que México ha tenido “grandes avances o que todo va bien” es prematuro o falta de información. Digámoslo de otra manera, ¿cómo mides los “grandes avances”?:
1. ¿Por el número de Leyes publicadas? 29 contando la Ley federal.
2. ¿Por la creación de un Instituto autónomo? Por mencionar tan sólo al IFAI.
3. ¿Por la generación de nuevas burocracias? Digamos que sólo teniendo en cuenta al IFAI, más o menos 250 funcionarios públicos remunerados de “forma digna”.
4. ¿O porque ahora ya se reglamentó y condenó una conducta perversa (opacidad) en el funcionario público? Como si eso avalara que la cultura del secretismo desaparecerá. ¡Chin! Al parecer la Ley sólo garantiza el derecho de acceso a la información y algunas prerrogativas de transparencia (véase art. 4 de la Ley). No obstante, no combate a la corrupción per se. Ni hace a un Estado más o menos transparente.
5. ¿Por el uso de la Tecnología? Me pregunto, ¿a qué porcentaje de la población beneficia esto?
6. ¿Por el hecho de que una solicitud de acceso a la información tiene, no como plazo máximo, sino como plazo mínimo 20 días? Nuevamente, ¿ello garantiza el derecho a la información o el acceso a la información o la transparencia o la rendición de cuentas o la gobernabilidad? Es pregunta.
7. ¿Por el “reducido” costo de hacerse de la información en nuestro país (de 50 centavos a 20 pesos, claro está si pensamos sólo en una copia o un CD; y la conexión a Internet; y el costo de traslado o envío; y el costo de aprendizaje; y el costo tiempo de inversión)? ¿Es correcto que las obligaciones del Estado sigan teniendo un costo directo para el ciudadano? nuevamente pregunto.
8. ¿Porque el gobierno está haciendo un esfuerzo por rendir cuentas? ¿Que ésa no es su obligación mínima?
9. ¿Porque antes no había nada de eso y ahora las burocracias murmuran “transparen..qué”? Yo me pregunto qué ha cambiado desde la creación de la Ley, tal vez los servidores públicos puedan responder mejor esa pregunta –con aquella perspicacia y ventaja que les da conocer la rutina organizacional de la administración pública, no sin dejar de lado aquella sonrisa que les dibuja el tema en el rostro cada vez que les toca dar su opinión–. Por tanto, también esto lo planteo como pregunta.
10. ¿Por el número de solicitudes recibidas? 152, 259 solicitudes de información en tres años de Ley, hasta agosto de 2006. Realmente no me queda claro qué significa eso pero bueno, puede ser un indicador.
11. ¿Porque el salario de los “Comisionados Ciudadanos” garantiza total atención y desarrollo de los temas en el país? Déjenme insistir nuevamente en el caso del IFAI, en un año los cinco Comisionados del IFAI ganan de forma neta $10, 346,306.40 pesos por percepción de salarios. ¿Eso garantiza que no anden de grillos o qué haya más transparencia?
12. ¿Porque el costo de no tener al IFAI y sus “homologuitos” sería más costoso? Al respecto, y para no variar, termino con otra pregunta ¿para quién sería más costoso?
¡Con el ánimo de seguir en el “imaginario colectivo” que demanda la “coyuntura” del tema! Hagamos una suma: pensemos en el IFAI, no olvidemos los puntos señalados con anterioridad. Ahora agreguemos el “gran” impulso y desarrollo de los temas en el resto de los estados de la República (por su puesto inclúyase el DF) Ahora traigan a colación las prioridades municipales. ¿Cuál es el resultado? Tal vez podríamos decir, pero sólo tal vez, que en suma…Decir “grandes avances” es eso. Dos palabras poco transparentes o dos grandes intenciones llenas de opacidad.
El tema de la transparencia y el desarrollo de las instituciones van más allá de las Leyes de Acceso a la información – que sin duda son un buen punto de arranque –. Hay que caer en cuenta que la existencia de una ley de transparencia no es condición suficiente, pero sí atinada, para alcanzar en la práctica la calidad de vida democrática. La transparencia no es un asunto de coyunturas, es un asunto de democracia. Y dado que la estructura de la democracia son sus instituciones, entonces las instituciones son un asunto para la transparencia.
Que qué está mal…
No lo sé de cierto, pero creo que definitivamente podríamos – con el afán de lavarnos las manos – echarle la culpa a la política. Es decir, podríamos seguir pensando en la idea romántica de que la “gran política” es aquella que delibera con protocolos y lenguaje políticamente correcto. Aquella donde se reúnen los consejeros ciudadanos, diputados o senadores con voz y voto para transmitir aquella demanda enviada por la ciudadanía; y expuesta por el cargo y liderazgo de aquel representante popular ante un pleno plural y objetivo. La verdad es que actualmente no hay posibilidad de otra opción, ¿o sí? Tal vez la transparencia podría ayudar, ¿o no?
O podríamos empezar por aceptar que la política, la verdadera política, es aquella que se muestra (obligadamente) en los videos y en las grabaciones telefónicas de algunos representantes. Donde bastan, por cierto, 5 o 20 pesos de inversión y protocolo, para negociar una Ley de Apuestas – será que eso del lenguaje políticamente correcto es una cuestión de enfoques, o todo depende de quién conteste –. Digo, por mencionar alguno de esos casos extraños que se dan en nuestro país. En nuestra “preciosa” política.
Que el mal es porque “tanto instituciones como leyes no corresponden al tipo de sociedad que se tiene…” No lo pienso así de simple. Pero permítanme hacerme una pregunta más: ¿Qué instituciones y leyes no son parte de lo mismo? Por cierto, me disculpo por no poder debatir el concepto de “entramado institucional”. De cierta forma si lo primero no se entiende, este concepto para mí es todo falto de claridad y por tanto de debate certero – si es que todo debate inicia con certeza –. Finalmente, me pregunto si sólo México o América Latina tienen ese problema de corresponsabilidad entre leyes y realidad ¿Será que por eso no pasamos del subdesarrollo o será por lo irrelevante de las “coyunturas” como el debate de la transparencia?
Concluyo diciendo que definitivamente me mantengo en mi postura inicial: garantizar una memoria histórica sobre los procesos electorales es necesario, cualquiera que éstos sean. La creación de una política real de transparencia ayuda a bien gobernar…a saber qué es la política y a exponer nuestra democracia. En otras palabras, a tener y exhibir obligadamente las HUELLAS ante la opinión pública.
Vlad (VJ)
Indiscutiblemente comparto la postura en contra de la destrucción de las boletas electorales, sin embargo, el simple hecho de manifestarlo no ofrece razones de peso; por lo que quisiera hacer una suerte de dialéctica para que juntos encontremos los argumentos. Veamos.
La transparencia de los procesos estatales y gubernamentales no puede ni debe ser un fin en sí misma. Es decir, para que la transparencia cumpla positivamente con las expectativas ciudadanas, tiene que ir aparejada de un proceso de rendición de cuentas y éste a su vez de instituciones reglamentarias que permitan sancionar a quienes se aparten o incumplan con la legalidad.
Pongamos un ejemplo hipotético respecto a la transparencia:
Imaginemos que el presidente municipal de “San Quintín” en Baja California hizo una carretera que mide 25 km. mediante una licitación pública, cuyo expediente se encuentra a disposición de los ciudadanos. Si revisamos la licitación y los materiales que se utilizaron para su construcción, observaremos que el proceso fue totalmente transparente: el concurso fue ganado por la constructora que presentó la mejor propuesta en términos de tiempos, financieros y materiales, y no se realizó ningún tipo de acto que atentara contra la normatividad vigente; el único problema visible es que la carretera corre de la casa del presidente municipal al Palacio de Gobierno.
Aquí encontramos un problema de rendición de cuentas, no de transparencia ya que los archivos son susceptibles del escrutinio público. Se puede pensar que la carretera fue construida de esta forma porque el camino trazado beneficia a toda la población, el problema es que ésta decisión no se encuentra fundada y motivada y por ende, a la vista de muchos puede considerarse como un acto de autobeneficio.
Retomemos lo anterior a un aspecto del Proceso Electoral, el PREP:
El PREP, uno de los mecanismos que brindan mayor transparencia, funcionó normal, pero la grave omisión de una aclaración: “Archivo Inconsistente”, fue suficiente para maniquear su actuación, aún y cuando todos los partidos sabían el funcionamiento real. Esta omisión justificó la formulación del binomio infernal: POLÍTICOS-COMPUTADORAS, y sin duda opacó el proceso. Este es un problema parcial de transparencia, pues los primeros interesados estaban concientes de las reglas del juego, sin embargo, sí hay una seria deficiencia en el proceso de rendición de cuentas.
Ahora bien, si aterrizamos los conceptos a la destrucción del material electoral me viene a la mente un primer escenario. En el supuesto de que se encuentre un mecanismo para preservar indefinidamente las “huellas” del proceso sin violentar la legislación (microfilms por ejemplo) ¿Qué sucederia con el archivo creado?, 1) se “encripta” (situación totalmente contraria al objetivo buscado), o; 2) se abre el archivo al escrutinio público. En el segundo supuesto cualquier ciudadano u organización podría realizar un conteo minucioso de los sufragios. Suponiendo que se realiza un recuento ciudadano y el resultado efectivamente favorece al perdedor oficial, ¿esto hacia dónde nos llevaría?, sin duda ante un descontento generalizado pues se demostraría la existencia de un fraude, pero a efectos prácticos ¿Cuál es la trascendencia?: en el estado actual de cosas, a ninguna parte, el fallo legal esta declarado. El encono y la polarización sería aún más y una crisis nacional se nos vendría encima.
Bajo el ánimo de no ser reaccionario (pues estoy convencido de que las movilizaciones sociales han sido el motor para el desarrollo del país) ¿con qué mecanismos contamos para “re-impugnar” o “desconocer” la elección?, desgraciadamente con ninguno. Entonces hacía ¿dónde nos acercamos? Seguro al descontento; que resultaría en qué ¿en una revolución? ¿guerra civil? ¿golpe de Estado?, 14 millones de mexicanos contentos con un resultado frente a ¿cuantos descontentos, decepcionados, furiosos?.
Retomando el tema de las instituciones regulativas. Con un resultado así veríamos claramente cómo se utilizaron de forma maquiavélica los órganos estatales y las leyes para corromper –aun más- el sistema político, y ¿qué sucedería con aquellos qué hicieron este mal uso? ¿Serían castigados?. Al menos con las reglas actuales no. ¿Porqué? Porque legalmente cada una de las etapas del proceso electoral se desarrollan bajo un criterio de definitividad. El mismo proceso, legalmente, ha concluido.
La única institución para hacer valer nuestros derechos es el conocido Art. 39 constitucional, que AMLO ha citado reiteradamente. Resultado: Desconocimiento de los Poderes de la Unión. De nuevo: ante la violación a nuestros derechos y con el estado actual de nuestras instituciones, la única salida sensata es la sublevación.
El IFE ha publicado en su página de Internet el archivo completo de cada una de las Actas de Escrutinio y cómputo de las 130, 477 casillas y ha ordenado a cada una de sus 300 juntas distritales la revisión pormenorizada de los datos publicados. A eso le llama transparencia, pero la rendición de cuentas seguramente se encuentra dentro de cada uno de los paquetes electorales.
Mantener las boletas electorales estoy convencido de que es algo que no debemos soslayar, y si el resultado es producto de un fraude tiene que ser evidenciado. El asunto no es ese, sino el fin y sus posibles consecuencias. Ayúdenme a pensar.
…y es que el tema es reti-harto “interezantes”…
“…en el lejanísimo año de 1776, luego de un periodo convulso, un sacerdote sueco-finlandés que era diputado, economista, tabernero, hombre culto y viajero, Anders Chydenius, impulsó la primera ley de acceso a la información gubernamental de que el mundo tenga memoria: la “Ley para la Libertad de Prensa y del Derecho de Acceso a las Actas Públicas”…”, así comienza un excelente texto de John Ackerman e Irma Sandoval en el que realizan un estudio comparativo de las leyes de transparencia en el mundo y nos presentan un estupendo mapa del estado actual de la transparencia. Retomo este texto para aportar ideas respecto a la afirmación, falta fundada, de Baldemar y los cuestionamientos, asertados, de Vladimir, sobre el avance de nuestro modelo de transparencia. (El exceso de comas fue intencional).
Comencemos definiendo a una Ley de transparencia como “aquella que otorga a los ciudadanos (o a los residentes o partes interesadas) el derecho a conseguir información bajo el resguardo del gobierno, sin la necesidad de demostrar interés legal.”
Dentro de los elementos básicos, que hasta ahora se han desarrollado y que cualquier Ley de Acceso a la Información debiera tomar en cuenta se encuentran:
1) APERTURA MÁXIMA: Las leyes de acceso a la información deben estar guiadas bajo los principios de máxima apertura informativa.
2) OBLIGACIÓN DE PUBLICAR: Las instituciones públicas deben estar bajo la obligación de hacer pública periódicamente información clave.
3) PROMOCIÓN DE GOBIERNOS ABIERTOS: Las instituciones públicas deben auspiciar e impulsar activamente el funcionamiento de gobiernos abiertos.
4) ALCANCE LIMITADO DE LAS EXCEPCIONES: Las excepciones deben estar clara y estrictamente delimitadas y deben someterse a rigurosas pruebas de “daño social” e “interés público”.
5) EFICIENCIA EN EL ACCESSO A LA INFORMACIÓN: Las solicitudes de acceso a la información deben ser procesadas de forma expedita y justa y debe haber la posibilidad de una revisión independiente de todas las respuestas negativas.
6) COSTOS: Los ciudadanos e individuos no deben ser desalentados de exigir la información pública a causa de costos económicos excesivos.
7) REUNIONES ABIERTAS: Las reuniones de las instituciones públicas deben tener un carácter público y abierto.
8) EL PRINCIPIO DE APERTURA DEBE SER PRIORITARIO: Las leyes que sean inconsistentes con el principio de máxima apertura informativa deben ser reformadas o abolidas.
9) PROTECCIÓN PARA INFORMANTES: Los ciudadanos e individuos
interesados en colaborar con información sobre conductas y prácticas incorrectas deben gozar de total protección.
Existe, desde luego, una gran variedad de formas en que los distintos países han diseñado y aplicado sus propias leyes de acceso a la información en la práctica. Algunas de estas han incluido los principios arriba señalados de manera más destacada que otras y en general cada nación ha desarrollado su propia interpretación del concepto de libertad de información y de lo que en la práctica tal concepto requiere.
En el mundo existían, hasta el segundo semestre de 2005, 62 países con Leyes de Acceso la Información. Un estudio de cada una de ellas arroja ciertos rasgos en común, desarrollados en mayor o menor grado, que se convierten de alguna forma en estandares o indicadores comparativos, éstos son:
1) Cobertura
Un escenario ideal estaría dado por una ley que cubra todas las instituciones que reciben dinero público, incluyendo los tres poderes de gobierno, los organismos autónomos, las organizaciones no gubernamentales, los individuos, los contratistas privados y los fideicomisos. Una situación aún mejor sería la de una ley que abriera a escrutinio público cualquier “entidad” que desarrolle funciones cruciales para el interés público (por ejemplo hospitales privados, escuelas, prisiones, etc.) independientemente de si estas reciben o no financiamiento gubernamental.
Desafortunadamente, la mayoría de las LAI ni siquiera cubren empresas estatales, paraestatales o fideicomisos, sin mencionar las instituciones que reciben importantes fondos gubernamentales como los contratistas del gobierno o las grandes corporaciones privadas a quienes se les encomiendan tareas o responsabilidades públicas y gubernamentales.
En el caso mexicano, la Ley cubre los tres Poderes pero deja un amplio margen de acción al Poder Judicial y al Congreso para decidir la forma en que la ley debe ser aplicada.
2) Excepciones
El tema de las excepciones constituye uno de los asuntos más complejos
y debatidos. Una mala redacción en materia de excepciones puede anular el espíritu de cualquier LAI al permitir a las autoridades gubernamentales retener información discrecionalmente. Las excepciones típicas incluyen la protección de la seguridad nacional, la privacidad personal, la seguridad pública, secretos comerciales y deliberaciones internas.
En el caso mexicano la legislación contempla la clasificación de información confidencial y reservada, con diferentes tratamientos ambas entre sí y respecto a la información pública. Aunque efectivamente la legislación establece los criterios para la definición de las mismas, deja un amplio margen para la clasificación discrecional de parte de los servidores públicos.
Otro aspecto intensamente debatido en el área de las excepciones es el asunto de las deliberaciones internas. La pregunta central es ¿Hasta qué punto al público se le debe permitir observar no simplemente las decisiones finales de los servidores públicos, sino también el proceso interno que generó tales decisiones?
En México y hasta ahora, este tema ha sido de muy poca relevancia y en todo caso la constante ha sido excluir a la sociedad de este proceso.
3) Supervisión y seguimiento
La supervisión y seguimiento constituyen partes centrales de cualquier LAI, pues ellas determinan si ésta tendrá un impacto real en la gestión y operación de los gobiernos. Una LAI sin supervisión y seguimiento esta condenada a convertirse en letra muerta dado que las inercias en la burocracia típicamente caminan en contra de la implementación de la apertura. El procedimiento ideal para evitar lo anterior sería el establecimiento de un organismo autónomo que esté encargado de recibir las apelaciones y que también se dé a la tarea de vigilar el cabal cumplimiento del derecho a la libertad de información de los ciudadanos.
El IFAI les suena? Bueno, a este respecto bien valdría la pena revisar los comentarios de Horacio Aguilar Alvarez de Alba, comisionado del IFAI a Proceso en su última edición.
4) Facilidad de Acceso
La rendición de cuentas implica una actitud preactiva hacia la información pública y exige que los servidores públicos periódicamente informen, expliquen y presenten en un lenguaje accesible al público lo que están haciendo. El caso mexicano es interesante ya que obliga a los sujetos obligados a publicar en Internet una lista de aspectos relevantes sobre sus actividades.
Un elemento adicional en cuanto a la facilidad de acceso a la información lo constituyen las cuotas para conseguir la información deseada. Hay al menos cuatro diferentes áreas en las cuales las solicitudes de acceso a información pública generan costos: búsqueda, revisión, reproducción y envío. En algunos paises se cobra incluso por los 4 pasos, en México sólo se cobra, en su caso, por la reproducción y envió. Japón, por ejemplo, cobra una tarifa fija de 300 yenes por cada solicitud (aproximadamente dos dólares o 25 pesos mexicanos), más 100 yenes por revisar cada 100 páginas del documento solicitado y algunas veces también 20 yenes por página fotocopiada
En suma, de entre las diversas Leyes de Acceso a la información del mundo, la mexicana se destaca por la fortaleza de la independencia de su Comisión de Acceso a la Información, fuertes garantías sobre el procedimiento (e.g. la “positiva ficta”), la obligatoriedad de publicar una larga lista de información y provisiones especiales para acceder a información relacionada a la violación de los derechos humanos. Y, según los autores, México se cataloga dentro de un grupo de países cuyas leyes se caracteriza por su tendencia a ser las más fuertes en su redacción, dado que representan una reacción a los regímenes autoritarios previos.
… son sólo algunas de las ideas…